DENUNCIAS

Conoce las rutas de acceso a la justicia en Honduras

Ruta general de acceso a la justicia

A. Si eres víctima de un delito que afecte tu vida o integridad física (como tentativa de feminicidio o lesiones).

Acércate al centro médico más cercano. En este caso, el centro médico está obligado por la ley a dar aviso a las autoridades encargadas de adelantar un proceso penal contra la persona que cometió el delito contra ti.

No olvides solicitar copia de tu historia clínica.

B. Si fuiste víctima de un delito que no ha afectado tu integridad personal, es decir, tu salud no se ha visto afectada (por ejemplo, amenazas), podrás dirigirte directamente a presentar la denuncia.

*Fuentes: Código Procesal Penal Honduras y Centro de Derechos de Mujeres. Página web: http://derechosdelamujer.org/

1. Dirígete a presentar la denuncia ante:

• El Ministerio Público.
• El Módulo de Atención Integral Especializado (MAIE) en Santa Bárbara, Gracias, La Esperanza, Santa Rosa de Copán, La Entrada, en la región occidental de Honduras; y en otras ciudades del país como Tegucigalpa, San Pedro Sula, Comayagua, Siguatepeque, La Paz, Marcala, Danlí y Choluteca.
• La Dirección Policial de Investigaciones (DPI).
• La Postal policial más cercana.

Puedes presentar la denuncia de forma verbal o escrita.

Al hacerlo debes relatar de forma clara y completa todos los hechos, ¿Cómo?, ¿Cuándo? y ¿Por qué ocurrieron?, ¿Quién o quiénes participaron? así como aportar cualquier dato o información que consideres deben tener en cuenta al investigar el caso. Además de los datos, aportar los siguientes datos y/o documentos:
– Tarjeta de identidad.
– Copia de tu historia clínica (en caso de que hayas solicitado atención médica antes de presentar la denuncia).
– Nombre completo y dirección de la(s) persona(s) agresora(s) (si le conoces).
– Nombre y dirección de testigos de los hechos (si los hay).
– Medio de prueba que tengas en tu poder, ya sea videos, fotografías, audios, entre otros.

Es importante que señales cual crees que es la causa o el motivo del hecho delictivo, si consideras que el hecho sucedió por tu orientación sexual, identidad o expresión de género, así como si es la primera agresión o si lo has denunciado antes.

Interpuesta tu denuncia ante el MP o MAIE estos deben remitirle ante el médico forense para que realice la evaluación correspondiente y emita su dictamen.

2. Si presentas tu denuncia en la postal policial, este debe remitirte a la Dirección Policial de Investigaciones (DPI) para que investigue y envíe el informe correspondiente al Ministerio Público e inicie el proceso judicial.

3. Si la denuncia es presentada ante el MAIE u otra unidad del Ministerio Público, su personal debe:
– Atender a la víctima.
– Proteger a la víctima y a las/los testigos.

Cuando sea necesario, la victima y los testigos pueden pedir el estatus de testigos protegidos para que otras personas no conozcan sus nombres y sus datos. Esto debe solicitarse al inicio del proceso penal.

– Proteger debidamente todos los medios de prueba existentes.
– Asignar una/un fiscal para que represente legalmente a la víctima ante los juzgados para que represente legalmente a la víctima interponiendo el requerimiento fiscal ante el Juzgado competente.
– De igual forma, tienes derecho de nombrar a una/un abogado privada, wl que se constituye como acusador privado y será parte de todas las actuaciones procesales quien puede ser parte de todas las actuaciones del proceso penal.

4. Una vez interpuesta la denuncia, el Juzgado de Letras o Juzgados de Paz, está en la obligación de imponer las medidas de seguridad necesarias. Estas pueden ser: prohibir al agresor transitar por lugares que la víctima transita o frecuenta, orden de alejamiento, detención judicial, entre otros, mientras se lleva a cabo el proceso judicial.

5. PROCESO PENAL ORDINARIO

Al presentar la denuncia das inicio a un proceso de investigación y juzgamiento, el cual tiene las siguientes etapas, según lo establecido por el Código Procesal Penal de Honduras:
– Etapa preparatoria;
– Etapa intermedia; y,
– Debate o Juicio Oral y Público.

La violencia familiar e intrafamiliar se centra en las situaciones que ocurren en el ámbito del hogar que impliquen el ejercicio de la fuerza, la intimidación o persecución o cualquier abuso de parte de otro miembro de la familia. Por ejemplo, cuando se recibe maltrato físico, psicológico, verbal, sexual por parte de parejas, padres, madres, hijos y cualquier persona que integre el núcleo familiar.

Si requieres atención médica:

Dirígete al centro de salud más cercano.
– El personal tiene el deber legal de comunicar a las autoridades encargadas para así iniciar el proceso penal. Recuerda solicitar una copia de tu historia clínica.
– Las funciones mínimas a desarrollar en este tema desde el sistema de salud, son las siguientes:
• Preguntar con regularidad, cuando sea factible sobre la existencia de violencia doméstica, como tarea habitual dentro de las actividades preventivas.
• Estar alerta a posibles signos y síntomas de maltrato y hacer su seguimiento.
• Ofrecer atención de salud integral y registrarla en la historia de salud o historia clínica.
• Ayudar a entender su malestar y sus problemas de salud como una consecuencia de la violencia y el miedo.
• Mantener la privacidad y la confidencialidad de la información obtenida.
• Estimular y apoyar a lo largo de todo el proceso, respetando su propia evolución.
• Evitar actitudes insolidarias o culpabilizadoras ya que pueden reforzar el aislamiento, minar la confianza en ellas mismas y restar la probabilidad de que busquen ayuda.
• Establecer una coordinación con otros y otras profesionales e instituciones.
• Colaborar en dimensionar e investigar el problema mediante el registro de casos. Al remitir tu caso a las autoridades competentes, inicia el proceso penal.

1. Puedes presentar la denuncia ante los juzgados de paz, postal policial más cercano, policía nacional, Ministerio Público, defensa pública, en consultorios jurídicos o ante el Módulo de Atención Integral Especializado (MAIE) en Santa Bárbara, Gracias, La Esperanza, Santa Rosa de Copán, La Entrada, en la región occidental de Honduras; y en otras ciudades del país como Tegucigalpa, San Pedro Sula, Comayagua, Siguatepeque, La Paz, Marcala, Danlí y Choluteca.

2. Ante la denuncia, el juzgado, postal policial o Ministerio Público están en la obligación de imponer las medidas de seguridad de inmediato, tales como retirar al agresor del hogar, prohibirle que transite por lugares que la víctima transita o frecuenta, orden de el proceso judicial o de alejamiento, entre otras, mientras se lleva a cabo el proceso o que queden estas medidas por tiempo indeterminado a criterio del juez en base a la gravedad de la situación.

Si la denuncia se presenta ante el consultorio jurídico de alguna universidad, este tomará la denuncia y la trasladará a los juzgados para la imposición de medidas de seguridad a través de la policía Nacional. Si la denuncia es presentada ante los MAIE, su personal está obligado a imponer las medidas de seguridad.

3. Si presenta la denuncia en el Juzgado, este señalará fecha para la Audiencia y citará al denunciado. A esta audiencia deben comparecer ambas partes, la víctima puede ser representada por el Ministerio Público, o Defensa Pública por una procuradora o procurador de los consultorios jurídicos de las universidades, o un abogado privado.

Si el agresor es citado y no se presenta el día y hora señalado para la audiencia, el juzgado puede mandarlo a traer con la policía o citarlo nuevamente para que comparezca.

Si el agresor acepta los hechos, en el mismo acto la jueza o el juez impondrá las medidas precautorias, cuyo fin es reeducar al agresor quien es remitido a Consejerías de Familia y se le impone trabajo comunitario; así como las medidas cautelares, que tienen como fin garantizar el bienestar de la madre junto a sus hijas e hijos:

• La pensión de alimentos.
• Prohibición de retiro del menaje ya que todos los enseres domésticos le corresponden a la víctima, aunque estén a nombre del agresor.
• Régimen de comunicación al agresor con sus hijas e hijos, es decir, los días que puede verlos.
• Prohibición de disponer de la casa de habitación, sin importar que la propiedad esté a nombre del agresor.

Si el agresor niega los hechos, la jueza o el juez ratifica las medidas de seguridad y el juicio se abre a prueba, es decir, que hay que presentar pruebas para acreditar que los hechos denunciados son ciertos.

4. En el acto, la o el representante legal manifiesta qué medios de prueba presentará.
Pueden ser documentos, testigos y evaluaciones psicosociales, las inspecciones que son realizadas por los juzgados. Para la presentación y evacuación de pruebas, la jueza o el juez señalará una nueva audiencia. Una vez evaluados los medios de prueba presentados, el juzgado emitirá sentencia.

5. Si no estás de acuerdo con la sentencia emitida, podrás presentar un recurso de apelación a través de tu representante legal. Y si no estás de acuerdo con los resultados del recurso de apelación, puedes presentar un recurso de amparo.

1. La denuncia por violencia sexual, se interponen ante:

• El Ministerio Público.
• El Módulo de Atención Integral Especializado (MAIE) con oficinas en Santa Rosa de Copán, La Entrada, Gracias, La Esperanza, Santa Bárbara, Tegucigalpa, San Pedro Sula, Comayagua, Siguatepeque, La Paz, Marcala, Danlí y Choluteca.
• La Dirección Policial de Investigaciones (DPI).
• La Posta Policial más cercana.

2. El profesional te remitirá a Medicina Forense en donde realizarán dentro de las 72 hs a la violencia, lo siguiente:

• Pruebas de laboratorio para la detección de ITS, Sífilis, VIH o Hepatitis B, que deberán repetirse a los 7 días para las ITS y 6 semanas para las demás pruebas descritas.
• El personal médico te pondrá en tratamiento contra el VIH si la violación sexual se produjo sin condón.
• Prueba de embarazo.
• Anticonceptivo de emergencia bajo tu consentimiento.

Puedes presentar la denuncia de forma verbal o escrita.

Al hacerlo debes relatar de forma clara y completa todos los hechos, ¿Cómo?, ¿Cuándo? y ¿Por qué ocurrieron?, ¿Quién o quiénes participaron? asi como aportar cualquier dato o información que consideres deben tener en cuenta

al investigar el caso. Además de los datos, aportar los siguientes documentos:

– Tarjeta de identidad y/o licencia de conducir.
– Copia de tu historia clínica. (en caso de que hayas solicitado atención médica antes de presentar la denuncia).
– Nombre completo y dirección de la persona agresora (si los hay).
– Nombre y dirección de testigos de los hechos (si los hay).
– Cualquier medio de prueba que tengas en tu poder, ya sea videos, fotos, imágenes, audios, entre otros.

Es importante que señales cual crees que es la causa o el motivo del hecho delictivo, si consideras que el hecho sucedió por tu orientación sexual, identidad o expresión de género, asi, como si es primera agresión o si lo ha denunciado antes.

3. Si presentas en la postal policial, este te remite a la Dirección Policial de Investigación (DPI) para que investigue y envíe el informe correspondiente al Ministerio Público e inicie el proceso judicial.

4. Si la denuncia es presentada ante los MAIE u otra unidad del Ministerio Público, su personal debe:

– Atender a la víctima
– Proteger a la víctima y a las/los testigos. Cuando sea necesario, ambos pueden pedir el estatus de testigos protegidos para que otras personas no conozcan sus nombres ni datos personales. Esto debe solicitarse al inicio del proceso penal.
– Proteger debidamente todos los medios de prueba existentes.
– Asignar una/un fiscal al caso para su analisis e interposición del requerimiento fiscal ante el juzgado competente.
– De igual forma, tienes derecho de nombrar a una/un abogado el que se constituye como acusador privado y será parte de todas las actuaciones procesal.

5. Una vez interpuesta la denuncia, el Juzgado, de Letras de lo Penal, seguridad necesarias como ser detención judicial, orden de alejamiento, entre otras mientras se lleva a cabo el proceso judicial contra el imputado.

6. PROCESO PENAL ORDINARIO
Al presentar la denuncia das inicio a el proceso de investigación penal, el cual tiene las siguientes etapas, según el Código Procesal Penal hondureño:
– Etapa preparatoria;
– Etapa intermedia; y,
– Debate o Juicio Oral y Público.

Lugares donde puedes recibir apoyo y orientación:

• Dirección Policial de Investigaciones (DPI)
• Juzgado de Paz de lo Criminal de su Municipio de letras en su departamento
• Juzgados de Letras en su departamento
• Línea de Emergencia de la Policía Nacional: #911
• Línea de la Esperanza: tels. 2232-2707 / 1314
• Línea de la Esperanza, Emergencia: #150
• Ministerio Público, Fiscalía Especial de la Mujer
• Oficina Municipal de la Mujer
• Postal Policial más cercana
• Comisionado Nacional de los Derechos Humanos (CONADEH)
• CORE 7 (Barrio Los Dolores, Tegucigalpa)

1. La denuncia por amenazas y otros delitos reconocidos el Código Penal hondureño, se interponenante:

• El Ministerio Público
• El Módulo de Atención Integral Especializado (MAIE), con oficinas en Santa Rosa de Copán, La Entrada, Gracias, La Esperanza, Santa Bárbara, Tegucigalpa, San Pedro Sula, Comayagua, Siguatepeque, La Paz, Marcala, Danlí y Choluteca.
• La Dirección Policial de Investigaciones (DPI).
• La Posta Policial más cercana. 

Puedes presentar la denuncia de forma verbal o escrita.

Al hacerlo debes relatar de forma clara y completa todos los hechos, cómo, cuándo y por qué ocurrieron, quién participó y aportar cualquier dato o información que consideres deben tener en cuenta al investigar el caso. Además de los datos, aportar los siguientes documentos:

– Tarjeta de identidad .
– Copia de tu historia clínica. (en caso de que hayas solicitado atención médica antes de presentar la denuncia).
– Nombre completo y dirección de la persona agresora (si le conoces).
– Nombre y dirección de testigos (si los hay) de los hechos.
– Cualquier medio de prueba que tengas en tu poder, ya sea videos, fotos, imágenes, audios, entre otros.

Es importante que señales cual crees que es la causa o el motivo del hecho delictivo, si consideras que el hecho sucedió por tu orientación sexual, identidad o expresión de género, si has tenido agresiones previas del victimario y si lo has denunciado antes.

2. Si interpones la denuncia en la portal policial, entre remite a la Dirección Policial de Investigaciones (DPI) para que investigue y envíe el informe correspondiente al Ministerio Público e inicie el proceso judicial.

3. Si la denuncia es presentada ante los MAIE o en el Ministerio Público, su personal debe:

– Atender a la víctima.
– Proteger a la víctima y a las/los testigos, cuando sea necesario, ambos pueden pedir el estatus de testigos protegidos para que el denunciado no conozca sus nombres. Esto debe solicitarse al inicio del proceso penal.
– Proteger debidamente todos los medios de prueba existentes.
– Asignar una/un fiscal para que represente a la victima e interponga el requerimiento fiscal ante el Juzgado competente.
– De igual forma, tienes derecho de nombrar a una/un abogado, el que se constituye como acusador privado, y sera parte de todas las actuaciones procesales.

4. Una vez interpuesta la denuncia, el Juzgado de Letras o Juzgado de Paz, está en la obligación de imponer las medidas de seguridad necesarias. Estas pueden ser: prohibir al agresor transitar por lugares que la víctima transita o frecuenta, orden de alejamiento, ordenar detención judicial, entre otras, mientras se lleva a cabo el proceso judicial y asignar una/un fiscal para que represente a la víctima e interponga el requerimiento fiscal ante el Juzgado competente.

5. PROCESO PENAL ORDINARIO

Al presentar la denuncia das inicio a un proceso de investigación y juzgamiento, el cual tiene las siguientes etapas, según el Código Procesal Penal hondureño:

– Etapa preparatoria;
– Etapa intermedia; y,
– Debate o Juicio Oral y Público.

1. La denuncia por discriminación y otros delitos reconocidos en el Código Penal hondureño, se interpone ante:

• El Ministerio Público.
• El Módulo de Atención Integral Especializado (MAIE), con oficinas en Santa Rosa de Copán, La Entrada, Gracias, La Esperanza, Santa Bárbara, Tegucigalpa, San Pedro Sula, Comayagua, Siguatepeque, La Paz, Marcala, Danlí y Choluteca.
• La Dirección Policial de Investigaciones (DPI).
• La Posta Policial más cercana.

Puedes presentar la denuncia de forma verbal o escrita.
Al hacerlo debes relatar de forma clara y completa todos los hechos, ¿Cómo?, ¿Cuándo? y ¿Por qué ocurrieron?, ¿Quién o quienes fueron los agresores o victimarios? y aportar cualquier dato información que consideres deben tener en cuenta al investigar el caso. Además de los datos, aportar los siguientes documentos:

– Tarjeta de identidad.
– Copia de tu historia clínica (en caso de que hayas solicitado atención médica antes de presentar la denuncia).
– Nombre completo y dirección de la persona agresora (si le conoces).
– Nombre y dirección de testigos de los hechos (si los hay).
– Cualquier medio de prueba que tengas en tu poder, ya sea videos, fotos, imágenes, audios, entre otros.

Es importante que señales cual crees que es la causa o el motivo del hecho delictivo, si consideras que el hecho sucedió por tu orientación sexual, identidad o expresión de género y si el victimario te ha agredido previamente y si es la primera denuncia o reincidente.

2. Si interpones tu denuncia en la postal policial, este remite a la Dirección Policial de Investigaciones (DPI) para que investigue y envíe el informe correspondiente al Ministerio Público e inicie el proceso judicial.

3. Si la denuncia es presentada ante los MAIE o en el Ministerio Público, su personal debe:

– Atender a la víctima.
– Proteger a la víctima y a las/los testigos. Cuando sea necesario, ambos pueden pedir el estatus de testigos protegidos para que otras personas no conozcan sus nombres. Esto debe solicitarse al inicio del proceso penal.
– Proteger debidamente todos los medios de prueba existentes.
– Asignar una/un fiscal para que interponga el requerimineto fiscal en contra del agresor.
– De igual forma, tienes derecho de nombrar a una/un abogado privado, quien puede ser parte de todas las actuaciones del proceso penal quien se constituye como acusador privado.

4. Una vez interpuesta la denuncia, ante el juzgado de letras, juzgado de paz, Policía Nacional, o Ministerio Público está en la obligación de imponer las medidas de seguridad de inmediato, estas pueden ser, por ejemplo, prohibir al agresor transitar por lugares que la víctima transita o frecuenta, mientras se lleva a cabo, el proceso judicial.

– (Interponer orden de alejamiento).
– (Ordenar detención judicial).

5. Proceso Penal Ordinario

Al presentar la denuncia, das inicio a un proceso de investigación y juzgamiento, tiene las siguientes etapas, según el Código Procesal Penal hondureño:

– Etapa preparatoria;
– Etapa intermedia; y,
– Debate o Juicio Oral y Público.

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